martes, 27 de diciembre de 2011

1133. Daganzo tras la reconquista.

La primera referencia escrita que he encontrado (hasta el momento) sobre Daganzo, data de 1133.
Alfonso VII otorga un fuero a la villa de Guadalajara en el que recibe un amplio alfoz de más de 1000 km2. Este terrirorio comprendía unas 50 aldeas, de ellas, Daganzo constituía el límite más occidental.

Escudo de Guadalajara. En él se representa la conquista de la ciudad por Alvar Fáñez en 1085.

Tras la reconquista de los valles del Jarama y Henares por Alvar Fañez en 1085 para el rey Alfonso VI, se instaura en la comarca el sistema administrativo de los Comunes de Villa y Tierra que a grandes rasgos consistía en lo siguiente:

La Villa (en nuestro caso Guadalajara) era el núcleo y solamente dependía de la autoridad real. Era gobernada por un Concejo local y tenía un código de derecho propio establecido en un Fuero confirmado por el Rey. Desde la Villa como centro, se va repoblando el territorio.

La Tierra era dependiente de la Villa y estaba poblada de aldeas. Daganzo, en el siglo XII era una de las aldeas dependientes de la villa de Guadalajara.
El dominio de la Tierra podía ser de distintos tipos:
  • Tierra realenga, bajo la autoridad del Rey.
  • Tierra de abadengo, el señorío lo ostenta un obispo o el abad de un monasterio.
  • Tierra solariega, el señorío pertenece a un noble o a una Orden Militar.
  • Tierra de behetría, un señorío especial en el que los pobladores tenían derecho a elegir a su señor.
La Villa y sus aldeas están ocupadas por hombres libres, regidos por un Fuero único, y son propietarios de la tierra en diversas modalidades:
  • Propiedad privada de los campesinos.
  • Propiedades de cada aldea.
  • Propiedades de la Villa.
  • Bienes del común: pastos, montes, dehesas, ejidos, etc.
Bibliografía:
  • Antonio Herrera Casado. www.aache.com
  • Instituto de Estudios Visigoto-Mozárabes. Estudios sobre Alfonso VI y la reconquista de Toledo.

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